SENASA

Nuevos requisitos para el bienestar animal de pollos de engorde

La normativa establece las condiciones que deben reunir las granjas para garantizar el bienestar de las aves desde su llegada hasta el envío a faena.

12 de Septiembre de 2018

12-09-2018 El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) aprobó la Resolución N° 575/2018, que establece los requisitos para el bienestar animal en los establecimientos que producen pollos de engorde.

La normativa, firmada por el presidente del Senasa, Ricardo Negri y que entró en vigencia hoy tras su publicación en el Boletín Oficial, aprueba las condiciones que deben cumplir las explotaciones de granjas de pollos de engorde y establece la obligatoriedad de contar un veterinario responsable sanitario que implemente un manual de bienestar animal en el que se describan las medidas que adopta la empresa para cumplir con la misma.

Además, establece las exigencias que deben respetarse en el manejo de las aves de engorde respecto a las vacunaciones, los tratamientos, los sacrificios, la elección genética, la captura, la carga en jaulas para transporte, el monitoreo y control.

Esta normativa es el resultado final del esfuerzo mancomunado del Senasa con el grupo de trabajo sobre bienestar animal en pollos de engorde, conformado por profesionales y productores del sector público y privado.

Es importante destacar que las prácticas que promueven el bienestar animal se traducen en beneficios para todos los sectores involucrados en esta actividad productiva, ya que minimizan el estrés y el sufrimiento de los animales, disminuyen su mortalidad, mejoran su calidad de vida, y de esta manera se evitan enfermedades y lesiones, así como el uso excesivo de antimicrobianos y las pérdidas asociadas.

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