El DTV es obligatorio para las especies hospederas de mosca de las frutas
La medida busca evitar la propagación de la mosca sudamericana y la mosca del Mediterráneo. Fue establecido por el Senasa.
23/10/18 El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) dispuso la obligatoriedad en todo el país del Documento de Tránsito vegetal (DTV) para el traslado de frutos de las especies hospedantes de Anastrepha fraterculus (mosca sudamericana) y Ceratitis capitata (mosca del Mediterráneo).
El DTV, de uso obligatorio a partir de la Resolución Senasa N° 31/2015 se esta implementando de manera gradual. A la fecha, alcanza al movimiento de fruta fresca cítrica, uva, pimiento, durazno, nectarina, hortalizas pesadas como papa, batata, ajo, cebollas y tubérculos andinos, así como también el movimiento de los hospedantes de moscas de los frutos y carpocapsa que ingresan desde la zona libre, el de los productos y subproductos del algodón, y el de los materiales de propagación (plantines).
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La norma, además, exime de emitir la Declaración Jurada de Productos y Subproductos de Origen Vegetal a todos aquellos que se encuentren obligados a transitar con el DTV.
Los infractores a la Disposición 13/2018 serán pasibles de las sanciones establecidas en el Capítulo V de la Ley N° 27.233, y de las medidas preventivas que pudieran adoptarse según la normativa vigente.