Cuba flexibiliza la comercialización de ganado para impulsar la producción de carne

La nueva resolución permite a los productores sacrificar bovinos y équidos bajo determinadas condiciones y habilita a personas sin tierras a realizar la ceba de terneros y añojos machos.

14 de Septiembre de 2026

El Gobierno de Cuba modificó las reglas para el sacrificio, consumo y comercialización de carne de ganado bovino y équido, en un intento por generar mayores incentivos para la producción ganadera y ampliar la disponibilidad de carne en el mercado. La medida quedó establecida mediante la Resolución 162/2026 del Ministerio de la Agricultura, publicada en la Gaceta Oficial No. 75 Ordinaria, que sustituye a la Resolución 139 de abril de 2021 y entrará en vigor 30 días después de su publicación. La nueva normativa alcanza a las personas naturales y jurídicas propietarias de ganado bovino y équidos que quieran sacrificar sus animales para autoconsumo o comercialización, aunque mantiene controles de registro, sanidad animal, faena y traslado.

Cuba flexibiliza la comercialización de ganado para impulsar la producción de carne

Una de las principales novedades: cebar ganado sin tener tierras

Entre los cambios más destacados aparece la posibilidad de que personas que no poseen tierras puedan dedicarse a la ceba de terneros y añojos machos. Para hacerlo deberán inscribir los animales en el Registro Pecuario y contar con la correspondiente licencia sanitaria. La modificación busca ampliar la participación de productores en una etapa clave de la cadena ganadera, especialmente el engorde de animales destinados posteriormente a la producción de carne. Sin embargo, la norma no supone una eliminación general de los requisitos para la actividad ganadera. El productor deberá cumplir las disposiciones de registro y sanidad animal establecidas por las autoridades.

Entre los cambios más destacados aparece la posibilidad de que personas que no poseen tierras puedan dedicarse a la ceba de terneros y añojos machos.

Requisitos para acceder al sacrificio

Para acceder al sacrificio de ganado bovino, los propietarios deberán figurar en el Registro de la Tierra y en el Registro de Control Pecuario, además de cumplir las disposiciones vigentes en materia de sanidad animal. La normativa establece categorías y pesos mínimos para los animales que pueden ser destinados a faena. Entre ellos se encuentran toros, toretes, novillas y vacas no aptas para reproducción, bueyes y sementales de desecho. Para los búfalos se establecen condiciones similares. En el caso de los toros, el peso mínimo establecido es de 370 kilogramos, mientras que para los toretes se fija un mínimo de 300 kilogramos. Para bueyes y sementales de desecho, el requisito alcanza los 450 kilogramos. Los équidos tienen un régimen diferente. La nueva regulación permite su sacrificio por voluntad del productor y sin una tasa de extracción, siempre que se cumplan los parámetros establecidos. Los caballos adultos deberán alcanzar al menos 280 kilogramos, mientras que las hembras no aptas para reproducción deberán llegar a 250 kilogramos.

Los precios mundiales de los alimentos volvieron a subir

El productor podrá destinar parte de la carne al autoconsumo

Una vez determinado el potencial productivo, el productor deberá acordar con el balancista municipal los volúmenes destinados a los mercados autorizados y la cantidad que podrá reservar para autoconsumo. La normativa contempla que los precios y volúmenes sean acordados entre las partes dentro del esquema establecido por las autoridades. El proceso continúa sujeto a controles sanitarios. Para trasladar el animal hasta la faena será necesario contar con un certificado de sacrificio emitido por la autoridad veterinaria y con el correspondiente pase de tránsito hacia un matadero o losa de sacrificio autorizada, donde se realizará la inspección veterinaria. El costo del faenado será acordado entre el productor y el establecimiento encargado de realizarlo.

También podrán aprovecharse los subproductos

La nueva regulación contempla además el destino de los productos obtenidos durante la faena. El propietario podrá reclamar productos derivados del animal, como carne, sangre, cuero y vísceras, para destinarlos al autoconsumo o a la comercialización en los destinos autorizados. En todos los casos deberán cumplirse los requisitos establecidos en materia de calidad e inocuidad, manteniéndose el control sanitario sobre los productos destinados al consumo.

Un cambio frente a las restricciones de 2021

La Resolución 162/2026 reemplaza el esquema establecido cinco años atrás mediante la Resolución 139/2021, que había impuesto mayores restricciones al sacrificio de ganado. La normativa anterior vinculaba la autorización para sacrificar animales con el cumplimiento de compromisos estatales de entrega de leche y carne, además de exigir determinados niveles de crecimiento del rebaño. Entre las condiciones se encontraba una regla según la cual los productores debían incrementar el rebaño en tres animales para poder sacrificar uno. La nueva resolución elimina esas restricciones y modifica el mecanismo mediante el cual los productores pueden disponer de sus animales para consumo y comercialización. El cambio busca generar mayores incentivos económicos para que los ganaderos mantengan y aumenten sus rodeos y puedan obtener ingresos a partir de la venta de animales y productos derivados.

El cambio busca generar mayores incentivos económicos para que los ganaderos mantengan y aumenten sus rodeos y puedan obtener ingresos a partir de la venta de animales y productos derivados.

La reforma llega en medio de una crisis alimentaria

La modificación de las reglas ocurre en un contexto de fuerte deterioro de la producción ganadera y de dificultades para acceder a alimentos en Cuba. La carne vacuna continúa siendo un producto de difícil acceso para una parte importante de la población, mientras la producción de carne bovina y bufalina registra niveles inferiores a los de años anteriores. Datos de producción recopilados a partir de estadísticas de la FAO indican que Cuba produjo alrededor de 60.200 toneladas de carne vacuna y de búfalo en 2024, un volumen inferior al registrado una década atrás. En este escenario, las autoridades buscan generar condiciones para que los productores tengan mayores incentivos para conservar, engordar y comercializar sus animales. La posibilidad de que personas sin tierras participen en la etapa de ceba constituye uno de los cambios más significativos, ya que amplía la cantidad de actores que pueden intervenir en la producción de ganado destinado a carne.

Las autoridades buscan generar condiciones para que los productores tengan mayores incentivos para conservar, engordar y comercializar sus animales.

Una flexibilización que mantiene el control estatal

Aunque la Resolución 162/2026 flexibiliza el régimen vigente, no representa una liberalización completa del mercado de carne cubano. Los animales continúan sujetos a registros oficiales, controles veterinarios y requisitos sanitarios. La faena debe realizarse en instalaciones autorizadas y la comercialización de los productos queda limitada a los destinos habilitados por la normativa. Por lo tanto, el alcance de la reforma dependerá no sólo de las nuevas posibilidades legales sino también de las condiciones concretas que enfrenten los productores para desarrollar la actividad. La disponibilidad de alimentos para el ganado, agua, infraestructura de faena, transporte, servicios veterinarios y acceso a los mercados serán factores determinantes para que la flexibilización regulatoria pueda traducirse en un aumento efectivo de la producción.

El desafío de recuperar la ganadería cubana

La reforma apunta, en última instancia, a modificar los incentivos que enfrentan los productores ganaderos. Al reducir las restricciones para el sacrificio y ampliar las posibilidades de comercialización, el Gobierno cubano busca estimular la crianza, el engorde y la producción de carne. Sin embargo, el cambio normativo deberá enfrentar las dificultades estructurales que atraviesa el sector agropecuario cubano. La posibilidad de sacrificar y vender ganado no garantiza por sí misma un aumento de la producción si los productores no cuentan con condiciones suficientes para alimentar y terminar los animales. La nueva normativa abre así una nueva etapa para la ganadería cubana. Después de cinco años de un régimen más restrictivo, Cuba flexibiliza las reglas para el sacrificio y comercialización de ganado, mientras intenta recuperar la producción de carne y ampliar su disponibilidad en el mercado interno.

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