Lobesia botrana: Senasa endurece los controles sobre la uva y la maquinaria agrícola
Incluye requisitos para el traslado de uva, pasas y material de propagación, controles sobre maquinaria agrícola y un sistema de mitigación de riesgo para el mercado interno. También incorpora un plan de contingencia ante detecciones en áreas libres.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) actualizó el marco regulatorio para el control de Lobesia botrana, una de las principales plagas que afectan a la producción vitivinícola argentina. A través de la Resolución 870/2026, publicada este viernes 25 de septiembre en el Boletín Oficial, el organismo mantiene el Programa Nacional de Lobesia botrana y redefine las medidas de vigilancia, control y movimiento de productos y elementos que pueden contribuir a la dispersión de la plaga.La nueva normativa tiene alcance en todo el territorio nacional y apunta a reducir el impacto de Lobesia botrana sobre la producción y comercialización vitivinícola y sobre otros cultivos hospedantes.
Un nuevo esquema nacional de control
La resolución mantiene el Programa Nacional de Lobesia botrana, creado en 2025, pero establece una nueva estructura de funcionamiento basada en cinco componentes: control, vigilancia, fiscalización, capacitación y comunicación, e investigación, validación y transferencia de tecnología. El objetivo es avanzar hacia un esquema homogéneo de vigilancia y manejo de la plaga en todo el país, con medidas diferenciadas según la situación sanitaria de cada zona. El programa establece tres grandes categorías de áreas: zonas con presencia de la plaga, que pueden encontrarse bajo supresión o ser consideradas de baja prevalencia, y áreas libres. En las zonas de baja prevalencia, la normativa fija parámetros específicos para determinar esa condición. Entre ellos, establece que la cantidad acumulada de Lobesia botrana en las dos últimas campañas no debe superar el 5% del total registrado en zonas circundantes con presencia activa, mientras que menos del 3% de las trampas oficiales de monitoreo deben haber registrado presencia durante el período evaluado.
El objetivo es avanzar hacia un esquema homogéneo de vigilancia y manejo de la plaga en todo el país, con medidas diferenciadas según la situación sanitaria de cada zona.
Alerta y emergencia ante detecciones en áreas libres
Uno de los puntos centrales de la nueva regulación es el protocolo previsto para las zonas declaradas libres de Lobesia botrana. Una captura simple de la plaga generará una Alerta Fitosanitaria, mientras que una captura múltiple dará lugar a una Emergencia Fitosanitaria. En esos casos deberán aplicarse las medidas previstas en el nuevo Plan de Contingencia aprobado como Anexo I de la resolución. El Senasa también podrá establecer medidas temporales para delimitar las áreas afectadas, controlar la plaga y definir la duración de las condiciones de alerta o emergencia.
Qué pasa con la uva que se mueve entre distintas zonas
La resolución establece condiciones específicas para el traslado de uva fresca, uva destinada a vinificación y pasas sin industrializar. En el caso de la uva destinada a vinificación, el traslado desde áreas bajo supresión o de baja prevalencia hacia áreas libres deberá realizarse en forma de mosto. Para la uva fresca destinada a consumo, el movimiento desde zonas donde está presente la plaga hacia áreas libres deberá realizarse bajo los lineamientos del Sistema de Mitigación de Riesgo (SMR) o mediante un tratamiento cuarentenario cuando no se utilice ese sistema. El Senasa aprobó precisamente un nuevo SMR para el mercado interno de uva en fresco, que permite movilizar fruta sin tratamiento cuarentenario siempre que se cumplan las condiciones establecidas por el sistema. La inscripción tendrá carácter de declaración jurada y se realizará a través de la plataforma SIG-Trámites del organismo. En tanto, cuando la uva fresca se traslade entre áreas bajo supresión y de baja prevalencia, deberá circular bajo condiciones de resguardo, con encarpado o cubierta con una malla de trama del 80% y soga única. Si el movimiento se realiza entre áreas con el mismo estatus sanitario, no será necesario aplicar el SMR ni realizar un tratamiento cuarentenario. Las pasas de uva sin industrializar que se movilicen desde áreas bajo supresión o de baja prevalencia hacia áreas libres deberán recibir un tratamiento cuarentenario en un establecimiento habilitado por el Senasa.
Más controles sobre la maquinaria agrícola
Uno de los aspectos de mayor interés para el sector productivo es el tratamiento que reciben las máquinas cosechadoras y otros equipos utilizados en las tareas vitivinícolas. La norma mantiene una nómina de maquinaria cosechadora de vid y establece que toda cosechadora utilizada en el territorio nacional, incluso aquella que ingrese temporalmente al país, deberá estar incorporada a ese registro. La inscripción no tendrá vencimiento. Además, cuando maquinaria, elementos de cosecha o transporte deban salir desde áreas bajo supresión o de baja prevalencia hacia zonas libres, deberán ser sometidos a un proceso de lavado con agua a presión, seguido de desinfección con vapor y desinsectación con productos autorizados. El tratamiento deberá quedar respaldado mediante un certificado que identifique, entre otros datos, la maquinaria, su destino y las tareas de lavado y desinsectación realizadas. El Senasa busca así evitar que restos vegetales, tierra o residuos de la producción vitícola sean trasladados de una zona infestada hacia una zona libre y puedan contribuir a la dispersión de la plaga.
El DTV-e será obligatorio para determinados movimientos
La resolución también refuerza el uso del Documento de Tránsito Sanitario Vegetal electrónico (DTV-e). Será obligatorio para el movimiento de fruta de vid destinada a consumo en fresco o vinificación, material de propagación vegetativo, pasas de uva sin industrializar y residuos de productos o subproductos de la producción de vid que puedan quedar en la maquinaria agrícola. Este último punto cobra especial relevancia por el riesgo asociado al traslado de maquinaria entre regiones con distinta condición fitosanitaria.
Nuevas obligaciones para productores y operadores de vid
Los establecimientos productivos donde esté presente Lobesia botrana deberán implementar medidas fitosanitarias de control y utilizar únicamente productos autorizados por el Senasa cuando corresponda. Además, deberán llevar un Libro de Medidas Fitosanitarias con información sobre el establecimiento y las acciones realizadas para el manejo de la plaga. La normativa establece que ese registro migrará a formato digital durante la campaña 2027, aunque hasta su implementación plena se permitirá utilizarlo en soporte papel. Los operadores de material de propagación de vid ubicados en áreas bajo supresión y de baja prevalencia también deberán cumplir requisitos específicos, entre ellos medidas de resguardo para el traslado de plantas y la obligación de mantener actualizado el correspondiente registro de medidas fitosanitarias.
Los establecimientos productivos donde esté presente Lobesia botrana deberán implementar medidas fitosanitarias de control y utilizar únicamente productos autorizados por el Senasa cuando corresponda.
También regula la importación de feromonas
La resolución incorpora además un procedimiento específico para la importación de productos a base de compuestos de feromonas destinados al control de Lobesia botrana. Los importadores deberán gestionar la autorización correspondiente a través de la plataforma TAD o del sistema que determine el Senasa y presentar, entre otros documentos, el conocimiento de embarque, el Certificado de Autorización de Importación y las especificaciones técnicas del producto.
Reemplaza el esquema anterior
La Resolución 870/2026 abroga la Resolución 373/2025, que había consolidado y actualizado el Programa Nacional de Lobesia botrana, y también deja sin efecto la Resolución 262/2016, vinculada con la autorización para importar productos de compuestos de feromonas. Al mismo tiempo, incorpora tres anexos: un Plan de Contingencia, el Sistema de Mitigación de Riesgo para el mercado interno de uva en fresco y el Tratamiento Cuarentenario para fruta fresca de vid y pasas de uva sin industrializar. En términos productivos, el nuevo marco refuerza la estrategia del Senasa para evitar la dispersión de Lobesia botrana entre regiones y pone el foco especialmente en los movimientos de uva, material vegetal y maquinaria agrícola, tres vías consideradas relevantes para preservar las zonas que mantienen una condición sanitaria favorable.

