Ensayos

OGM: el Gobierno actualizó las normas para la investigación y comercialización

La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca aprobó un nuevo reglamento para la autorización de ensayos experimentales, la evaluación de bioseguridad y la futura comercialización de microorganismos genéticamente modificados.

30 de Junio de 2026

La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca aprobó un nuevo marco regulatorio para las actividades vinculadas con microorganismos genéticamente modificados (MGM) destinados a usos agropecuarios y agroindustriales. La medida, oficializada mediante la Resolución 96/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, unifica y moderniza los procedimientos para la realización de ensayos experimentales, la evaluación de bioseguridad y la autorización previa a la comercialización. La normativa se enmarca en la Resolución 255/2026 del Ministerio de Economía, que estableció un régimen general para todas las actividades que involucren organismos genéticamente modificados (OGM) y exige una autorización previa de la Secretaría de Agricultura para su desarrollo.

OGM: el Gobierno actualizó las normas para la investigación y comercialización

Actualización frente a los avances científicos

El Gobierno explicó que la experiencia acumulada desde la entrada en vigencia de las resoluciones de 2018 y 2019, sumada a los avances científicos registrados en los últimos años, hizo necesaria una actualización integral del régimen vigente. Según los fundamentos de la resolución, el nuevo esquema incorpora las nuevas tecnologías biotecnológicas, brinda mayor previsibilidad a investigadores y empresas, simplifica procedimientos y establece criterios técnicos claros, objetivos y transparentes para la evaluación de riesgos. Asimismo, la actualización busca armonizar la regulación con la normativa vigente sobre bioseguridad, bioinsumos, productos fitosanitarios e inocuidad alimentaria, evitando superposiciones regulatorias y fortaleciendo un enfoque integral de gestión del riesgo.

Según los fundamentos de la resolución, el nuevo esquema incorpora las nuevas tecnologías biotecnológicas, brinda mayor previsibilidad a investigadores y empresas, simplifica procedimientos y establece criterios técnicos claros, objetivos y transparentes para la evaluación de riesgos

Qué procedimientos establece la resolución

La nueva normativa regula tres instancias principales. En primer lugar, fija el procedimiento para solicitar la autorización de ensayos o liberaciones experimentales en condiciones controladas con microorganismos genéticamente modificados viables. También establece el mecanismo para la evaluación de bioseguridad, requisito indispensable antes de solicitar una autorización comercial, y determina el procedimiento para acreditar la ausencia de microorganismos viables en productos derivados de estos organismos. Al mismo tiempo, la resolución aclara que quedan excluidas las investigaciones confinadas desarrolladas en laboratorios científicos, las actividades realizadas sobre especies vegetales en cámaras de cría y los ensayos efectuados con animales de laboratorio en bioterios.

La resolución aclara que quedan excluidas las investigaciones confinadas desarrolladas en laboratorios científicos, las actividades realizadas sobre especies vegetales en cámaras de cría y los ensayos efectuados con animales de laboratorio en bioterios.

Evaluación técnica y plazo máximo de 90 días

Las solicitudes serán evaluadas por la Comisión Nacional Asesora de Biotecnología Agropecuaria (CONABIA), con la intervención de la Coordinación de Innovación y Biotecnología de la Dirección Nacional de Bioeconomía. La evaluación se realizará caso por caso, mediante la formulación de hipótesis de riesgo y considerando el peso de la evidencia científica disponible. Si durante el análisis surgieran observaciones o pedidos de información complementaria, el solicitante deberá responder antes de que continúe el trámite. Además, la resolución incorpora un plazo máximo de 90 días hábiles administrativos para completar la evaluación final de cada expediente. Ese plazo podrá suspenderse cuando sea necesario requerir documentación adicional o realizar actuaciones que dependan del solicitante o de terceros, y volverá a computarse desde el inicio si se introducen modificaciones sustanciales al proyecto presentado.

Bienestar animal y simplificación administrativa

La normativa también establece que todos los ensayos que involucren animales de uso agropecuario deberán cumplir con la legislación vigente sobre bienestar animal, garantizando su correcta identificación desde el comienzo de las actividades experimentales. Como parte de la simplificación administrativa, la resolución aprueba un Reglamento Único y un Formulario Único para todas las solicitudes vinculadas con microorganismos genéticamente modificados, con el objetivo de estandarizar los requisitos, agilizar los trámites y brindar mayor previsibilidad a quienes desarrollan proyectos de innovación.

Derogan las normas anteriores

Con la entrada en vigencia de la Resolución 96/2026 quedan derogadas las Resoluciones 5/2018 y 52/2019, que regulaban hasta ahora los procedimientos para ensayos experimentales y solicitudes de liberación comercial de microorganismos genéticamente modificados. Desde el Gobierno señalaron que el nuevo marco busca fortalecer el desarrollo de la innovación biotecnológica, favorecer la transferencia tecnológica hacia el sector productivo y mantener estándares adecuados de bioseguridad, promoviendo un sistema regulatorio moderno que acompañe el crecimiento de las nuevas tecnologías aplicadas al agro.

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