Fuerte rechazo del sector agroindustrial al proyecto de Ecocidio: piden frenar su tratamiento en el Senado
Las entidades advirtieron que la iniciativa contiene "graves defectos jurídicos" y podría generar inseguridad jurídica, afectar inversiones y exponer a sectores productivos a procesos penales por actividades actualmente permitidas por la legislación vigente.
Las principales entidades que representan a la industria alimenticia y a las cadenas agroindustriales del país solicitaron al Senado de la Nación que suspenda el tratamiento del proyecto de ley que busca incorporar la figura del Ecocidio al Código Penal argentino. La petición fue realizada a través de una nota dirigida a los legisladores nacionales por la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (COPAL) y el Consejo Agroindustrial Argentino (CAA), quienes manifestaron su preocupación por los alcances de la iniciativa.
En el documento, las entidades sostienen que, si bien comparten la necesidad de proteger el ambiente y los recursos naturales, el texto aprobado en comisión presenta deficiencias que podrían derivar en una fuerte incertidumbre para actividades productivas como la agricultura, la ganadería, la forestación, la minería y la industria. Según argumentan, la propuesta podría transformarse en una herramienta de litigiosidad capaz de paralizar sectores estratégicos de la economía nacional.
El texto aprobado en comisión presenta deficiencias que podrían derivar en una fuerte incertidumbre para actividades productivas como la agricultura, la ganadería, la forestación, la minería y la industria
Uno de los principales cuestionamientos se refiere a la amplitud con la que se define el delito de ecocidio. COPAL y el CAA advierten que el proyecto establece sanciones penales para quienes provoquen daños ambientales violando "cualquier normativa vigente de protección ambiental", lo que, a su criterio, podría convertir infracciones administrativas menores o incumplimientos de normativas locales en delitos federales con penas de prisión. Las organizaciones también cuestionan la definición de "daño ambiental irreversible" incluida en la iniciativa. Señalan que el texto considera configurado el daño independientemente de las acciones de mitigación o remediación que pudieran implementarse posteriormente, situación que, según afirman, elimina incentivos para que las empresas realicen inversiones destinadas a recomponer áreas afectadas por incidentes ambientales. Otro punto que genera preocupación es la incorporación de la figura del "ecocidio culposo", que permitiría la persecución penal por imprudencia, negligencia o impericia. Para las entidades empresarias, esta disposición podría alcanzar situaciones derivadas de fallas técnicas, accidentes operativos o fenómenos climáticos extremos, exponiendo a directivos, ingenieros y técnicos a penas de prisión por hechos no intencionales.
Para las entidades empresarias, esta disposición podría alcanzar situaciones derivadas de fallas técnicas, accidentes operativos o fenómenos climáticos extremos, exponiendo a directivos, ingenieros y técnicos a penas de prisión por hechos no intencionales.
Asimismo, la nota alerta sobre las sanciones previstas para las personas jurídicas. El dictamen contempla la posibilidad de suspender actividades empresariales por hasta diez años, aplicar inhabilitaciones, retirar beneficios estatales y establecer multas que podrían alcanzar entre el 10% y el 20% del capital social cuando no sea posible determinar el beneficio económico obtenido. Las entidades consideran que estas medidas podrían resultar confiscatorias y comprometer la continuidad de empresas y pymes. El documento también critica la posibilidad de imputar responsabilidades penales muchos años después de ocurridos los hechos. Según el proyecto, las penas podrían agravarse cuando se produzcan fallecimientos vinculados a daños ambientales, incluso si las muertes ocurrieran tiempo después del cese de la actividad considerada contaminante. A juicio de los firmantes, esta disposición genera una responsabilidad potencialmente indefinida para empresarios y profesionales.
En otro apartado, las entidades sostienen que la iniciativa no diferencia adecuadamente entre impacto ambiental y daño ambiental. Señalan que toda actividad productiva genera algún nivel de impacto, pero que ello no implica necesariamente la existencia de un daño ilegal. En ese sentido, advierten que la falta de parámetros técnicos objetivos podría derivar en la criminalización de actividades actualmente autorizadas y reguladas por las autoridades competentes.
La COPAL y el Consejo Agroindustrial también expresaron preocupación por el uso creciente del término "ecocidio" por parte de organizaciones ambientalistas. Según indicaron, en los últimos años distintas actividades productivas, como la forestación en Corrientes, el desarrollo hidrocarburífero en Vaca Muerta o la actividad agroindustrial del Gran Rosario, han sido objeto de denuncias públicas bajo esa calificación. Consideran que la incorporación de la figura al Código Penal podría facilitar la judicialización de conflictos vinculados a actividades económicas legales. Por estos motivos, las entidades solicitaron a los senadores que el proyecto no sea tratado en el recinto y que vuelva a comisión para abrir una discusión más amplia, con participación de especialistas en derecho, ambiente, producción y economía. Según expresaron, el objetivo debe ser alcanzar un equilibrio entre la protección ambiental y la seguridad jurídica necesaria para sostener la inversión, el empleo y las exportaciones argentinas.
Las entidades solicitaron a los senadores que el proyecto no sea tratado en el recinto y que vuelva a comisión para abrir una discusión más amplia, con participación de especialistas en derecho, ambiente, producción y economía.
La nota fue firmada por Gustavo Idígoras, presidente del Consejo Agroindustrial Argentino, y Carla Bonito, presidenta de COPAL, quienes ofrecieron además aportar informes técnicos complementarios sobre el impacto económico, constitucional y productivo que podría tener la iniciativa.

