HORTICULTURA

Los reglamentos para la poscosecha de ajo

Según informaron desde Agroindustria la producción deber ser envasada bajo habilitación del organismo sanitario nacional.

24 de Septiembre de 2019

El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación informa que, en el marco de la campaña cosecha de ajo (Allium sativum) de la campaña 2019/2020 la producción debe ser envasada e identificada en un establecimiento de empaque inscripto en el Registro de Empacadores y Establecimientos de Empaque del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentarioa (Senasa), cumpliendo con la Resolución ex SAGPyA N°48/98 y la Disposición Senasa N°139/2006.

Desde Agroindustria remarcaron que tallos y bulbos, tanto para el consumo interno como para la exportación, deberán empacarse en locales o lugares cubiertos, secos, limpios, ventilados, con dimensiones acordes a los volúmenes a acondicionar y de fácil higienización, a fin de evitar efectos perjudiciales para la calidad y la conservación de los productos. Asimismo, los envases deben ser rotulados o etiquetados en un lugar de fácil visualización y difícil remoción, consignando los siguientes datos:

-Nombre del producto
-Nombre del cultivar
-Grupo
-Calibre o clase
-Tipo o categoría
-Peso neto
-País de origen
-Zona de producción
-Fecha de empaque

También se recuerda que el traslado de ajo y otras hortalizas pesadas, debe estar amparado por el Documento de Tránsito Vegetal (DTVe), que permite conocer el origen del producto desde que sale del establecimiento productivo y a lo largo de toda la cadena de comercialización.

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En los empaques, el Senasa interviene regulando su actividad con respecto a la implementación de Buenas Prácticas Agrícolas y de Manufactura, y a las exigencias internacionales. Estos establecimientos desarrollan una tarea esencial al momento de la poscosecha del ajo, acondicionando la producción para la comercialización y luego para el consumo.

El Senasa desarrolla e implementa los sistemas y procedimientos de control, inspección para la producción nacional e internacional, la certificación para la importación y exportación de ajo respetándose en todos los casos los requisitos fitosanitarios y de inocuidad exigidos. 

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