GANADERÍA

Registro de establecimientos para exportar carne a la UE

La Resolución Nº 1578, publicada en el Boletín Oficial, clasifica los establecimientos agropecuarios inscriptos como "apto Cuota Hilton" o "no apto Cuota Hilton".

2 de Diciembre de 2019

 El Senasa estableció una nueva clasificación de establecimientos ganaderos para ser proveedores de animales, destinada al contingente arancelario de carne vacuna de calidad superior (Hilton) para exportar a la Unión Europea (UE).

La normativa clasifica los establecimientos agropecuarios inscriptos como establecimientos rurales proveedores de ganado para faena de exportación con destino a la Unión Europea como "apto Cuota Hilton" o "no apto Cuota Hilton".

Con el objetivo de contar con una diferenciación específica de los campos que facilitarán los controles oficiales, los establecimientos inscriptos bajo la Resolución Senasa N° 53/2017 tienen un plazo de noventa (90) días corridos para categorizarse o recategorizarse bajo la normativa recientemente promulgada.

Esto aplica para aquellos inscriptos como establecimientos rurales proveedores de ganado para faena de exportación con destino a la UE, que den cumplimiento a las exigencias del Reglamento de Ejecución (UE) N.° 593/13 y que posean "animales criados exclusivamente en pastos.

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Los establecimientos que no opten por la inscripción bajo la nueva resolución continuarán en el Registro Nacional como habilitados para el envío del ganado para cortes con destino a la UE, según lo establecido en la Resolución 53/2017, en la categoría "No aptos Cuota Hilton".

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