Asignan el cupo 2026 de exportación de carne vacuna a Colombia
La Secretaría de Agricultura oficializó la asignación del cupo 2026 para exportar carne vacuna a Colombia, con un volumen total de 947,377 toneladas. La medida regirá desde el 1° de enero del próximo año.
La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía oficializó la distribución del Cupo II de exportación de carne vacuna a la República de Colombia correspondiente al ciclo comercial 2026, en el marco de los acuerdos comerciales vigentes entre el MERCOSUR y ese país. La medida quedó establecida mediante la Resolución 258/2025, publicada en el Boletín Oficial, y alcanza un volumen total de 947,377 toneladas.
El contingente forma parte del Acuerdo de Complementación Económica (ACE) N°72, que mantiene las condiciones originalmente fijadas en el ACE N°59 entre los países del MERCOSUR y los miembros de la Comunidad Andina. En ese esquema, Colombia otorga preferencias arancelarias para distintos productos agroindustriales, entre ellos las carnes vacunas enfriadas y congeladas, los lácteos y otros alimentos.
El cupo asignado corresponde al denominado Cupo II, "Los Demás Cortes", que incluye cortes bovinos distintos de los denominados "cortes finos" y abarca varias posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR. Según lo informado por la Secretaría del MERCOSUR, a la Argentina le corresponde el 25% del tonelaje total acordado, proporción establecida para cada Estado Parte desde 2005.
De acuerdo con la normativa vigente, el proceso de asignación se realizó tras la apertura del período de inscripción, que se extendió del 1 al 15 de diciembre de 2025 a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD). Las empresas interesadas presentaron sus solicitudes en carácter de declaración jurada y debieron cumplir con los requisitos previstos, entre ellos estar inscriptas en el Sistema de Información de Operadores de Carnes y Lácteos (SIOCAL) y contar con habilitación sanitaria del SENASA para exportar a Colombia.
En ese marco, la resolución rechazó las presentaciones de FRIAR S.A., por haber sido ingresada fuera de plazo, y de Agropecuaria La Fe, por no contar con matrícula de exportador de ganados y carnes. En ambos casos, la autoridad de aplicación consideró que no se cumplían los requisitos establecidos por la normativa vigente.
Asimismo, la Secretaría determinó que las firmas Black Bamboo Enterprises S.A. y Sociedad Anónima Carnes Pampeanas S.A. constituyen un grupo económico a los efectos de la asignación del cupo, por lo que el tonelaje adjudicado podrá ser ejecutado en los distintos establecimientos que integran ese conglomerado empresarial.
La resolución establece además que las exportaciones deberán ingresar a Colombia antes del 31 de diciembre de 2026, y que la medida comenzará a regir a partir del 1 de enero de 2026. Con esta decisión, el Gobierno da continuidad al régimen de administración de cupos cárnicos en el marco del comercio regional, asegurando previsibilidad para la industria frigorífica y el cumplimiento de los compromisos comerciales asumidos por la Argentina.