Asignan el cupo 2026 para exportaciones lácteas a Colombia en el marco del acuerdo Mercosur-CAN
La Secretaría de Agricultura distribuyó el cupo anual de exportación de leche en polvo y otros lácteos en el marco del acuerdo Mercosur-Comunidad Andina. El remanente será asignado por el sistema de "primero llegado, primero servido".
La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía oficializó la distribución del cupo 2026 para exportaciones de productos lácteos con destino a Colombia, en el marco del Acuerdo de Complementación Económica N° 72 (ACE 72) entre el Mercosur y la Comunidad Andina. La medida quedó establecida mediante la Resolución 3/2026, publicada este 14 de enero en el Boletín Oficial.
Según detalla la norma, para el presente año el cupo total habilitado asciende a 2.268 toneladas métricas, de las cuales se asignaron 2.214,4 toneladas entre las empresas solicitantes. El volumen restante, 53,6 toneladas, pasó a integrar el Fondo de Libre Disponibilidad, que se adjudicará bajo el sistema de "Primero Llegado, Primero Servido".
El cupo corresponde a exportaciones de leche y nata (crema) en polvo, tanto con bajo como con alto contenido graso, y otras presentaciones incluidas en las partidas arancelarias 0402.10, 0402.2 y 0402.9. Estas preferencias arancelarias se aplican exclusivamente a envíos realizados dentro del cupo establecido y deberán ingresar a Colombia hasta el 31 de diciembre de 2026.
El régimen se enmarca en los compromisos asumidos originalmente en el ACE 59, firmado en 2004, y ratificados posteriormente en el ACE 72, que entró en vigor entre Argentina y Colombia en diciembre de 2017. En el caso de los productos lácteos, ambos acuerdos mantienen condiciones equivalentes, con un cupo inicial de 1.500 toneladas que se incrementa de manera progresiva a razón del 3 % anual durante los primeros 15 años de vigencia.
Durante el período de inscripción, abierto entre el 1 y el 15 de diciembre de 2025 a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD), se presentaron 11 empresas interesadas en acceder a las licencias de exportación. Desde la Secretaría confirmaron que todas las firmas cumplieron con los requisitos exigidos, incluyendo la inscripción en el Sistema de Información de Operadores de Carnes y Lácteos (SIOCAL) y las habilitaciones sanitarias otorgadas por el SENASA.
Asimismo, la resolución aclara que algunas empresas -entre ellas La Varense S.R.L., Lácteos Ramolac S.A. y García Hermanos Agroindustrial S.R.L.- solicitaron un volumen inferior al que les hubiera correspondido según el criterio distributivo, por lo que sus adjudicaciones fueron ajustadas al tonelaje efectivamente pedido. El remanente resultante fue redistribuido entre los demás participantes hasta alcanzar el máximo permitido.
Con esta decisión, el Gobierno busca ordenar y transparentar el acceso al cupo lácteo, garantizando previsibilidad para las empresas exportadoras y asegurando el cumplimiento de los compromisos comerciales asumidos por el país en el marco de los acuerdos internacionales.