El INYM avanza en la simplificación de los controles de calidad en línea con la política de desregulación nacional
El INYM inició un proceso de simplificación normativa para agilizar controles y reducir cargas administrativas, manteniendo los estándares de calidad e inocuidad del producto.
El Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) oficializó la Resolución 2/2026, mediante la cual avanza en un proceso de revisión, depuración y simplificación de su marco normativo, con el objetivo de modernizar los controles sin resignar los estándares de calidad e inocuidad del producto. La medida se enmarca en los lineamientos establecidos por el Poder Ejecutivo Nacional a través de los Decretos 90/2025 y 812/2025, orientados a reducir cargas administrativas y evitar distorsiones en el funcionamiento del mercado.
La resolución, publicada en el Boletín Oficial el 20 de enero, deroga y modifica un conjunto de normas vinculadas al Reglamento de Control de Calidad de Materia Prima de Yerba Mate, aprobado originalmente por la Resolución INYM 11/2017. Según se detalla en los considerandos, el proceso respondió a un análisis integral del stock normativo del Instituto, llevado adelante por el Directorio y la Subcomisión de Legislación, Fiscalización y Control, con la participación del Departamento de Asuntos Jurídicos.
Entre las principales decisiones adoptadas, el INYM dispuso la abrogación de las resoluciones 152/2021, 373/2021 y su anexo, y 347/2021, así como la derogación de artículos específicos de resoluciones posteriores, por considerarse que generaban superposición de controles o interferencias innecesarias en la actividad yerbatera. El organismo remarcó que estas medidas no implican una relajación de los controles sanitarios, sino una adecuación normativa para hacerlos más claros, eficientes y coherentes con la legislación vigente.
La norma también introduce modificaciones sustanciales en artículos clave del reglamento de control de calidad. En ese sentido, se refuerzan las exigencias sobre el control de recepción de la hoja verde, estableciendo la obligación de separar de manera inmediata cualquier material que afecte la calidad del producto antes de su ingreso al proceso de secado. Asimismo, se actualizan las condiciones para el estacionamiento o almacenaje de la yerba mate canchada, precisando los requisitos de infraestructura, higiene y exclusividad de uso de los depósitos.
Otro punto relevante es la actualización de los criterios vinculados a la separación de palo grueso y cuerpos extraños, la definición de parámetros físicos, fisicoquímicos y microbiológicos de la yerba mate canchada, y los límites máximos permitidos de contaminantes inorgánicos como plomo, cadmio y arsénico. La resolución detalla además el procedimiento de control, muestreo y análisis, incluyendo plazos, contramuestras y las acciones a seguir en caso de resultados no conformes.
En materia de fiscalización, el INYM también redefinió el régimen de intervención preventiva ante presuntas afectaciones a la inocuidad del producto, estableciendo la custodia del lote intervenido y los pasos a seguir según los resultados de los análisis. En los casos en que se compruebe adulteración o incumplimiento de los parámetros sanitarios, la norma prevé la destrucción del producto bajo supervisión oficial.
Desde el Instituto señalaron que estas modificaciones responden a la necesidad de adecuar la normativa a la nueva redacción del artículo 8° del Decreto 1240/2002, que prohíbe al INYM dictar normas que distorsionen los precios de mercado o interfieran en la libre interacción de la oferta y la demanda. En ese marco, el Directorio ratificó su compromiso de continuar con la revisión progresiva de otras resoluciones de mayor complejidad.
Con esta resolución, el INYM busca consolidar un esquema regulatorio más simple y moderno, que garantice la calidad e inocuidad de la yerba mate, al tiempo que favorezca una producción competitiva y alineada con las políticas nacionales de desregulación y facilitación de la actividad económica.