Nueva regulación para OGM: el Gobierno actualizó el sistema de aprobación de biotecnología
El Ministerio de Economía actualizó el marco normativo para la liberación y comercialización de organismos genéticamente modificados. La medida establece nuevos procedimientos, plazos y criterios de evaluación para impulsar la innovación y fortalecer la bioseguridad.
El Ministerio de Economía aprobó una nueva normativa que actualiza el marco regulatorio para las actividades vinculadas con organismos genéticamente modificados (OGM) en el país. La medida, establecida mediante la Resolución 255/2026, redefine los procedimientos de evaluación y autorización para la experimentación y comercialización de estos desarrollos en el ámbito agropecuario, agroalimentario y agroindustrial.
La resolución, publicada en el Boletín Oficial, establece que toda actividad que involucre OGM -incluidos sus productos y subproductos derivados- deberá contar con autorización previa de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca. La normativa abarca organismos utilizados en actividades agrícolas, pecuarias, forestales, ictícolas, ornamentales y otras vinculadas a la producción agroindustrial.
El objetivo principal es actualizar las reglas vigentes para acompañar los avances tecnológicos en biotecnología y agilizar los procesos de evaluación, manteniendo los estándares de bioseguridad que caracterizan al sistema argentino desde comienzos de la década de 1990.
Evaluación en tres etapas
La autorización comercial de un OGM continuará basándose en tres instancias de análisis: la evaluación de riesgo para el agroecosistema, la aptitud alimentaria para consumo humano y animal, y el impacto en la producción y comercialización.
La evaluación ambiental estará a cargo de la Comisión Nacional Asesora de Biotecnología Agropecuaria (CONABIA) junto con la Coordinación de Innovación y Biotecnología. En tanto, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) evaluará la seguridad alimentaria, mientras que la Dirección de Políticas de Mercados analizará los posibles efectos sobre el comercio y la producción.
La nueva normativa también fija plazos para cada instancia: hasta 120 días hábiles para las evaluaciones de bioseguridad y aptitud alimentaria, y 30 días para el análisis de impactos comerciales.
Autorizaciones según el uso
Uno de los cambios introducidos por la resolución es la posibilidad de otorgar autorizaciones de comercialización según el uso propuesto del organismo modificado. De este modo, dependiendo de la finalidad declarada -por ejemplo, producción industrial, alimentación o procesamiento- las autoridades podrán determinar qué evaluaciones deben realizarse en cada caso.
Además, la norma contempla la posibilidad de realizar una instancia de consulta previa opcional para que los interesados definan con anticipación los requisitos regulatorios antes de iniciar el trámite formal.
Coordinación regional y simplificación
La resolución también incorpora los compromisos asumidos por Argentina en acuerdos regionales de bioseguridad con Brasil, Paraguay y Uruguay, así como un memorando bilateral con Brasil para cooperación en biotecnología moderna.
Según el Ministerio de Economía, la actualización normativa busca agilizar los procesos de aprobación, mejorar la coordinación entre organismos y fortalecer la competitividad del sector agroindustrial argentino, manteniendo los estándares de seguridad y control.
La medida también deroga la Resolución 763 de 2011, que hasta ahora regulaba estas actividades, y entrará en vigencia a los 30 días de su publicación oficial.

