Boletín Oficial

Actualizan la normativa para playas de lavado y desinfección de transportes de animales

La medida busca simplificar los procedimientos administrativos, ampliar la red de establecimientos habilitados y mejorar el cumplimiento sanitario entre cargas.

22 de Octubre de 2025

 El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) publicó la Resolución 806/2025,, que introduce cambios en el registro y funcionamiento de las playas de lavado y desinfección de vehículos utilizados para el transporte de animales en pie. La medida busca simplificar los procedimientos administrativos, ampliar la red de establecimientos habilitados y mejorar el cumplimiento sanitario entre cargas.

Entre los principales puntos, la resolución crea un listado nacional de locales y playas de lavado, integrado por prestadores de servicios de higiene y desinfección de vehículos terrestres. Los titulares de estos establecimientos deberán presentar una declaración jurada ante la oficina del organismo correspondiente, reemplazando así los trámites y requisitos documentales exigidos en la anterior normativa (Resolución 134/2021).

Los lavaderos que ya se encuentren registrados tendrán un plazo de 90 días corridos desde la publicación de la norma para adecuarse a las nuevas disposiciones. En caso de un cambio de titularidad, el establecimiento deberá reinscribirse en el listado.

La actualización normativa también introduce un nuevo Certificado Único de Lavado y Desinfección (CULyD) para los vehículos de transporte terrestre de animales vivos. Este documento, que deberán emitir los responsables de las playas registradas, tendrá una validez de 72 horas desde su emisión o hasta que se realice una nueva carga de animales.

El nuevo modelo de certificado entrará en vigencia el 1 de febrero de 2026. Hasta el 1 de abril de ese año se permitirá su versión preimpresa con datos manuscritos; luego, solo será válido el certificado digital emitido por el sistema SIGLAVA del SENASA, que incluirá un código único de identificación y garantizará la autenticidad del documento.

Además, los establecimientos ganaderos que cuenten con lavaderos propios -siempre que estén registrados- podrán ofrecer el servicio de lavado y desinfección a transportes de animales vivos y emitir el correspondiente CULyD.

Con esta actualización, SENASA busca simplificar la operatoria, reducir la burocracia y fortalecer la trazabilidad sanitaria, promoviendo un sistema de registro más ágil y una red de lavaderos más amplia, sin comprometer los estándares de bioseguridad en el transporte de animales.