Regulan las pérdidas y desperdicios de alimentos
A través del Decreto 246/2019, se reglamentó el Plan Nacional de Reducción de Pérdidas y Desperdicios de Alimentos y la Ley para la Donación de Alimentos.
En el mundo se pierde y desperdicia anualmente el 30% de los alimentos que aún se encuentran aptos para el consumo, lo que equivale a 1.300 millones de toneladas. Esta cuestión involucra a todos los actores del sistema agroalimentario, desde la producción hasta el consumo en los hogares, y tiene un impacto negativo tanto social como ambiental y económico.
Es por eso, que a través del Decreto 246/2019 publicado en el Boletín Oficial, se reglamentó el Plan Nacional de Reducción de Pérdidas y Desperdicios de Alimentos, y se determinó a la Secretaría de Gobierno de Agroindustria, a través del área de Alimentos y Bioeconomía, como autoridad de aplicación del Programa Nacional homónimo y se refuerza el trabajo de la Ley para la Donación de Alimentos, conocida como Ley Donal, por parte del Ministerio de Salud y Desarrollo Social.
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Teniendo en cuenta los Objetivos de Desarrollo Sostenible determinados por las Naciones Unidas, que constan de reducir a la mitad los desperdicios de alimentos per cápita mundial de aquí a 2030, esta norma viene a reafirmar el compromiso de Argentina con tal desafío.
Asimismo, la aprobación de esta Ley crea el Registro de Instituciones de Bien Público Receptoras de Alimentos como competencia del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, y faculta a Agroindustria para el dictado de las normas aclaratorias y complementarias que apunten a la reducción de pérdidas y desperdicios de alimentos, como también a celebrar convenios con organismos públicos e instituciones privadas en cumplimiento de sus objetivos