El Código Alimentario Argentino suma el aceite de palta y variedades de alpiste
Ambos productos fueron incorporados tras evaluaciones técnicas, antecedentes internacionales y consulta pública. Aportan innovación y valor nutricional a la industria alimentaria nacional.
El Código Alimentario Argentino (CAA) se actualiza con la incorporación de dos nuevos productos: el aceite de palta (o aguacate) y cinco variedades de alpiste (Phalaris canariensis) aptas para consumo humano. Las medidas fueron oficializadas este viernes mediante las Resoluciones Conjuntas 31/2025 y 32/2025, publicadas en el Boletín Oficial, por la Secretaría de Gestión Sanitaria y la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.
En el caso del aceite de palta, la empresa GESON S.A. impulsó su inclusión con el respaldo de antecedentes normativos internacionales, como su uso regulado en México y Perú, y los criterios del Codex Alimentarius, que actualmente tramita una enmienda global para su incorporación como aceite vegetal autorizado.
La normativa establece que el aceite debe provenir del mesocarpio del fruto de Persea americana o del procesamiento del fruto entero por medios exclusivamente mecánicos. No se permite el uso de aditivos y se fijan rangos específicos de calidad, como un predominio de ácido oleico del 42% al 75%, un índice de peróxidos menor a 10 meq O/kg y parámetros físico-químicos estandarizados. El producto se destaca por sus propiedades nutricionales y representa una oportunidad de diversificación para el sector agroalimentario argentino.
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Por otro lado, el alpiste para consumo humano fue incorporado a través del nuevo artículo 660 bis del CAA. La propuesta fue presentada por la Mg. Marta Sofía Gozzi e incluye cinco variedades desarrolladas en Canadá: cuatro marrones (CDC Maria, CDC Togo, CDC Bastia y CDC Calvi) y una amarilla (CDC Cibo), libres de fibras de sílica, también conocidas como tricomas o "pelos", que pueden causar irritaciones si se consumen.
Estas variedades ya están aprobadas por el Ministerio de Salud de Canadá y han sido clasificadas como "Generalmente reconocidas como seguras" (GRAS) por la Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos (FDA). La norma también toma como referencia legislaciones de España y Brasil.
El alpiste incorporado deberá estar debidamente identificado con la variedad correspondiente y llevar la leyenda "Apto para consumo humano". Desde el punto de vista nutricional, el grano presenta un contenido proteico un 5% superior al del trigo y no contiene gluten, lo que lo posiciona como un ingrediente prometedor para alimentos funcionales y dietas especiales.
Ambas resoluciones contaron con la intervención del Consejo Asesor de la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL) y fueron sometidas a consulta pública. Estas incorporaciones reflejan un avance hacia una mayor diversificación de productos en el mercado interno, con enfoque en la calidad, la seguridad alimentaria y la alineación con estándares internacionales.