Legislativas

Ley de Biocombustibles : el oficialismo presentó nuevo proyecto

El proyecto modifica desde el 10% hasta el 5% el corte obligatorio para el biodiésel y mantiene el del etanol en torno al 12%actual.

23 de Abril de 2021

Legisladores del Frente de Todos presentaron un nuevo proyecto de ley para la promoción y fabricación de biocombustibles, que modifica desde el 10% hasta el 5% el corte obligatorio para el biodiésel y mantiene el del etanol en torno al 12%actual.

La iniciativa, firmada por 15 diputados, encabezados por el presidente de la comisión de Energía y Combustibles, Omar Félix, propone una vigencia para el régimen hasta 2030. con posibilidad de ser prorrogado por cinco años, y establece como autoridad de aplicación a la Secretaría de Energía.

La presentación se da en medio del debate que se generó en el Congreso debido a la prórroga de la Ley de Promoción de los Biocombustibles. que vence en mayo próximo, tras 15 años de vigencia.

EMPRESAS HABILITADAS

Sólo podrán elaborar, almacenar o comercializar biocombustibles, o llevar a cabo la mezcla de estos con combustibles fósiles en cualquier proporción, las empresas que se encuentren habilitadas a tales efectos por Energía.

El proyecto aclara que las empresas que produzcan o destilen hidrocarburos no podrán ser titulares o tener participación en empresas o plantas productoras de biocombustibles.

MEZCLA PARA GASOIL Y NAFTA

En el artículo ocho, el proyecto establece que todo combustible líquido clasificado como gasoil o diésel oil que se comercialice dentro del territorio nacional, deberá contener un porcentaje mínimo obligatorio de biodiesel del 5%, en volumen, medido sobre la cantidad total del producto final.

Pero, tal como venía ocurriendo con la ley que vence el 12 de mayo, Energía podrá elevar el porcentaje mínimo obligatorio cuando lo considere conveniente en función del abastecimiento de la demanda, la balanza comercial, la promoción de inversiones en economías regionales, y/o razones ambientales o técnicas.

También quedará habilitada Energía a reducir el corte hasta un porcentaje nominal de 3%, en volumen, cuando el incremento en los precios de los insumos básicos para la elaboración del biodiesel pudiera distorsionar el precio del combustible fósil en el surtidor por alterar la composición proporcional de aquel sobre este último, o ante situaciones de escasez de biodiesel por parte de las empresas elaboradoras autorizadas para el abastecimiento del mercado.

La eventual reducción del porcentaje de mezcla será soportada por todas las empresas elaboradoras de biodiesel que abastezcan el mercado, de manera proporcional y de acuerdo a los mismos parámetros sobre los cuales se llevan a cabo las asignaciones de abastecimiento.

Las naftas deberán contener un porcentaje mínimo obligatorio de bioetanol de 12%, en volumen, medido sobre la cantidad total del producto final.

COMPRA OBLIGATORIA

Las empresas responsables de llevar a cabo las mezclas mínimas obligatorias de biocombustibles con combustibles fósiles deberán adquirir, sin excepción, la totalidad de aquellos exclusivamente de las empresas elaboradoras autorizadas, de acuerdo a los parámetros de precio y distribución de cantidades que se encuentran establecidos en la ley.

El abastecimiento de las cantidades de biodiesel mensuales para el cumplimiento de la mezcla mínima obligatoria con gasoil o diésel oil será llevado a cabo por las empresas elaboradoras de dicho biocombustible que - ya sea en forma directa, o indirecta a través de sus empresas controlantes o controladas- no desarrollen actividades vinculadas con la exportación de biodiesel o de sus insumos principales.

Energía deberá asignar las cantidades entre aquellas empresas, a prorrata y efectuando los cálculos en función del equivalente mensual de la capacidad de elaboración anual de cada empresa, con un límite máximo de 50 mil toneladas anuales en el caso de las compañías con escala superior.

PARÁMETROS DE ABASTECIMIENTO

El abastecimiento de los volúmenes de bioetanol mensuales para el cumplimiento de la mezcla mínima obligatoria con nafta será llevado a cabo por las empresas elaboradoras bajo los siguientes parámetros:

A base de caña de azúcar: el volumen será de un 6% nominal para la mezcla mínima obligatoria. En caso de escasez general y comprobada, Energía podrá reducir transitoriamente el porcentaje de bioetanol a base de caña de azúcar y podrá elevarlo cuando considere conveniente en función del abastecimiento de la demanda. Y las empresas mezcladoras podrán comprar libremente Bioetanol a base de Caña de Azúcar y superar el porcentaje de corte en función de las particularidades técnicas de sus plantas y procesos, de la optimización de costos que se reflejen en el precio final, del costo de los sustitutos, y del ahorro de divisas, hasta el límite que impongan las normas técnicas en vigencia sobre la calidad y composición fisicoquímico del producto final.Bioetanol a base de maíz: Los volúmenes de bioetanol equivalentes a un porcentaje nominal 6% de la mezcla mínima serán asignados por Energía a las empresas elaboradoras. Energía podrá elevar el porcentaje nominal cuando lo considere conveniente en función del abastecimiento de la demanda o reducirlo hasta un 3%, en volumen, cuando el incremento en los precios de los insumos básicos pudiera distorsionar el precio del combustible fósil en el surtidor.

¿Cómo se reducirían los porcentajes si baja el corte? 

Del total de la eventual reducción del porcentaje de mezcla mínima serán soportados dos tercios por las empresas elaboradoras de bioetanol a base de maíz que desarrollen actividades vinculadas con la exportación de los insumos principales para su elaboración y un tercio por el resto de las empresas elaboradoras de bioetanol de maíz que se encuentren habilitadas para el abastecimiento del mercado, entre las que son principalmente pymes.

Determinación del precio:

La adquisición de las cantidades de biodiesel para el cumplimiento de la mezcla deberá ser a los precios que establezca Energía de acuerdo a las metodologías de cálculo que esta determine para cada uno de los productos en cuestión. Las petroleras podrán adquirir libremente biocombustibles para obtener mezclas superiores a las del porcentaje mínimo, pactando en tal caso el precio y el aprovisionamiento de los productos con las elaboradoras. 

Las metodologías de cálculo de los precios que implemente Energía deberán garantizar una rentabilidad determinada por la misma, considerando los costos de los principales componentes de su elaboración y el precio para producto puesto en su planta de producción.Una comisión especial. La ley ordena crear una Comisión Especial de Biocombustibles, que tendrá por finalidad el estudio y análisis de las posibilidades del sector, la consulta con todos los actores involucrados, así como la formulación de propuestas y proyectos para la industria. Será presidida por Energía y participarán los ministerios de Economía, Ciencia y Tecnología, Desarrollo Productivo, Ambiente, Agricultura y un Consejo de las provincias productoras de biocombustibles, quien tendrá la función de la elaboración del Plan Estratégico.Sustitución de importaciones. 

De manera complementaria al corte obligatorio y cuando las condiciones del mercado lo permitan, Energía arbitrará los medios necesarios para sustituir la importación de combustibles fósiles con biocombustibles, con el objeto de evitar la salida de divisas, promover inversiones para la industrialización de materia prima nacional y alentar la generación de empleo.

Opiniones :

La diputada nacional Carolina Moises (Jujuy) destacó que el proyecto presentado por el Frente de Todos que dispone un marco regulatorio de biocombustibles hasta diciembre de 2030 y otorga estabilidad a la industria azucarera "permitirá planificar la producción y propiciar el desarrollo de las economías regionales"

Moisés, coautora de la iniciativa, junto a los diputados Marcos Cleri y Omar Félix, subrayó que "este proyecto fue elaborado atendiendo las demandas y propuestas de los principales actores de la cadena de valor de las bioenergías y contemplando las necesidades de la economía nacional para maximizar el potencial de la Argentina en términos de productividad y generación de riqueza genuina"

Para el legislador del Frente de Todos Marcos Cleri, "el 5% del biodiésel, de acuerdo a cómo esté el precio del commodity, para que no aumente la nafta y para que las plantas sigan produciendo, puede bajar hasta un 3%. Pero también puede aumentar si se aplica el régimen de sustitución de importaciones porque es más conveniente para la economía y para el país"

"En el bioetanol es lo mismo: también puede subir o bajar, pero va a bajar sólo cuando tenga un impacto negativo en el consumidor, en la nafta. Y puede subir si se aplica el régimen de sustitución de importaciones de combustibles fósiles", agregó.

"De manera complementaria al corte obligatorio que se encontrare vigente, y cuando las condiciones del mercado lo permitan, la Autoridad de Aplicación (la Secretaría de Energía) arbitrará los medios necesarios para sustituir la importación de combustibles fósiles con biocombustibles, con el objeto de evitar la salida de divisas, promover inversiones para la industrialización de materia prima nacional y alentar la generación de empleo", sostuvo el legislador.


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