Simplifican trámites para exportar cebolla fresca
La Resolución 35/2019 actualiza la normativa para certificar la calidad y sanidad del producto y ahorra costos a productores y exportadores.
El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, a través de la Resolución 35/19, actualizó la normativa para certificar la calidad y sanidad de cebolla fresca, simplificando la operatoria sin descuidar el cumplimiento de las exigencias de los mercados.
La nueva medida permite a los exportadores optar por solicitar al Senasa la inspección para certificar la calidad y sanidad de la cebolla en zona de origen o en punto de salida, lo que le permite ahorrar tiempo y costos, indicó el organismo.
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La posibilidad de optar por certificar la mercadería en origen o en frontera se adapta a las necesidades de la cadena agroalimentaria y cumple con las obligaciones del Senasa como organismo de control, ajustando la tarea de sus inspectores a las exigencias de los mercados de exportación habituales y a destinos emergentes que pudieran surgir.
La nueva Resolución, pone el acento en la trazabilidad del producto, registrando todo movimiento de la mercadería a través del Documento de Tránsito Vegetal Electrónico (DTVe), válido para el Senasa y para la AFIP, que reemplaza a la antigua Guía de origen y el remito comercial, respectivamente.
El DTVe permite registrar los movimientos desde producción a empaque y desde este a exportación, con detalles de la carga y su identificación. También contempla el movimiento a otras figuras diferenciadas como mercados o minoristas, en caso de tratarse de consumo interno.
Asimismo los estándares aplicados por el Senasa en su metodología de inspección, aseguran los aspectos de calidad, aunque no resulten mandatorios, y los asociados a la condición fitosanitaria, señaló el organismo.
Para este caso el sistema de emisión del DTVe bloquea el movimiento de la cebolla de campo a punto de frontera sin antes ser procesada en un galpón de empaque habilitado por el Organismo.